Notificaciones y Traslados Tribunales de Arbitramento
18 de Agosto de 2020. Guardado en sección noticias
Estados de Arbitramento .
Fecha de Publicación 01/10/2020 .
Demandante(s) | Demandado(s) | Fecha Auto/Estado | Contenido | Soporte |
SERGIO DAMIAN ESPEJO RODRIGUEZ
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CONSTRUCTORA ARQUITECTURA INGENIERIA Y CONSTRUCCION “ARVINCO” S.A.S.
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* 01 DE OCTUBRE DE 2020
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AUTO N° 04 PRIMERO : Tener por contestada la demanda por parte de la convocada CONSTRUCTORA ARQUITECTURA INGENIERIA Y CONSTRUCCION “ARVINCO” S.A.S SEGUNDO : Fijar como fecha para llevar a cabo la audiencia de conciliación en el presente tramite arbitral el día 05 de octubre de 2020 a las 2:00 p.m. TERCERO : Se advierte a las partes, que, en el evento que se declare fracasada la conciliación se procederá a fijar honorarios y gastos del Tribunal, con fundamento en el artículo 25 del estatuto arbitral. Esta decisión se notifica en estado. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
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Fecha de Publicación 14/09/2020 .
Demandante(s) | Demandado(s) | Fecha Auto | Contenido | Soporte |
EDWIN JAHIR MARTÍNEZ BÁEZ Y DUWIER ALFONSO MARTÍNEZ BÁEZ
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CONSTRUCCIONES DEL ORIENTE J.A S.A.S.
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* 14 DE SEPTIEMBRE DE 2020
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Acta No. 9 Con Auto No. 12. |
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Fecha de Publicación 07/09/2020 .
Demandante(s) | Demandado(s) | Fecha Auto/Estados | Contenido y/o Asunto | Soporte | Traslado secretarial |
CONSORCIO AUDINCO PROGRAMA DE AHORRO Y USO EFICIENTE DEL AGUA E.A.A.V. E.S.P 2011.
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EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE VILLAVICENCIO E.A.A.V E.S.P
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* 04 de Septiembre de 2020
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PRIMERO . Se reconoce personería jurídica para actuar como apoderado de EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE VILLAVICENCIO E.A.A.V E.S.P al Dr. DAVID ALEJANDRO ORJUELA ZAMUDIO, en los términos y para los fines del poder conferido . SEGUNDO. Téngase por no contestada la demanda por parte de la entidad demandada, EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE VILLAVICENCIO E.A.A.V E.S.P . TERCERO . Fijar como fecha para la celebración de la audiencia de conciliación el día 17 de SEPTIEMBRE de 2020, a la hora de las 2:30 p.m . CUARTO. Se advierte a las partes y a sus apoderados que su asistencia es obligatoria, so pena de imponer las sanciones que establece la ley. QUINTO . Se informa a las partes, que, en caso de declararse fracasada la etapa de conciliación, a continuación, en la misma audiencia, se fijara los horarios y gastos del tribunal . Esta providencia se notifica por estado. |
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CONSORCIO AUDINCO PROGRAMA DE AHORRO Y USO EFICIENTE DEL AGUA E.A.A.V. E.S.P 2011. |
EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE VILLAVICENCIO E.A.A.V E.S.P |
* Traslado Secretarial de 11 de Septiembre de 2020 |
Recurso de reposición. |
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CONSORCIO AUDINCO PROGRAMA DE AHORRO Y USO EFICIENTE DEL AGUA E.A.A.V. E.S.P 2011. |
EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE VILLAVICENCIO E.A.A.V E.S.P |
* Traslado Secretarial de 16 de septiembre de 2020 |
La procuraduria para asuntos administrati vos de villa vicencio, remite a tra ves de correo electrónico a luzmal va [email protected] correo personal de la secretaria de tribunal, cuyo asunto es: TRIBUNAL ADBITRAL CONSORCIO AUDINCO VS EAAV ESP. - SOLICITUD DE NULIDAD Y OTRAS ACCIONES .
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CONSORCIO AUDINCO PROGRAMA DE AHORRO Y USO EFICIENTE DEL AGUA E.A.A.V. E.S.P 2011. |
EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE VILLAVICENCIO E.A.A.V E.S.P |
* Fecha de Auto 16 de Septiembre de 2020 |
Primero
: suspender la fecha programada para llevar acabo la audicencia de conciliación; una vez resueltas los asuntos relacionados en la parte considerativa, de esta providencia, se pronunciara el tribunal al respecto.
Esta pro
videncia se notifica por estado.
Acta 4 con Auto 5.
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CONSORCIO AUDINCO PROGRAMA DE AHORRO Y USO EFICIENTE DEL AGUA E.A.A.V. E.S.P 2011. |
EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE VILLAVICENCIO E.A.A.V E.S.P |
* Fecha de Auto 24 de septiembre de 2020 | Declara la nulidad de lo actuado desde la fecha del 30/07/2020, dejando indemne el acto de notificación de la demanda y sus anexos a la agencia del ministerio público. |
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CONSORCIO AUDINCO PROGRAMA DE AHORRO Y USO EFICIENTE DEL AGUA E.A.A.V. E.S.P 2011. |
EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE VILLAVICENCIO E.A.A.V E.S.P |
* Fecha 20 de Octubre de 2020 . |
PRIMERO. Se reconoce personería jurídica para actuar como apoderado de EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE VILLAVICENCIO E.A.A.V E.S.P al Dr. DAVID ALEJANDRO ORJUELA ZAMUDIO, en los términos y para los fines del poder conferido. SEGUNDO . Fijar como fecha para la celebración de la audiencia de conciliación el día 30 de octubre de 2020, a la hora de las 8:30 a.m. TERCERO . Se advierte a las partes y a sus apoderados que su asistencia es obligatoria, so pena de imponer las sanciones que establece la ley. CUARTO . Se informa a las partes, que, en caso de declararse fracasada la etapa de conciliación, a continuación, en la misma audiencia, se fijara los horarios y gastos del tribunal.
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CONSORCIO AUDINCO PROGRAMA DE AHORRO Y USO EFICIENTE DEL AGUA E.A.A.V. E.S.P 2011 |
EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE VILLAVICENCIO E.A.A.V E.S.P |
* Fecha 03 de Diciembre de 2020. |
PRIMERO . Fijar como fecha para llevar a cabo la primera audiencia de tramite establecida en el art. 30 de la ley 1563 de 2012 dentro del presente tramite arbitral el próximo 11 de diciembre de 2020 a la hora de las 10:00 a.m. SEGUNDO . Se informa a las partes, que la audiencia se llevara a cabo a través de medios electrónicos, por la plataforma Meet De Google, que por secretaría se informará al Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Villavicencio, para que se cree el evento, y una vez sea enviado el link o invitación será remitido a las partes y al Ministerio Público. TERCERO . Se advierte a las partes y a sus apoderados que su asistencia es obligatoria, so pena de imponer las sanciones que establece la ley.
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Fecha de Publicación 18/08/2020
Demandante(s) | Demandado(s) | Fecha Auto | Decisión | Soporte |
LYANZA ELÉCTRICA LTDA e INGEMA S.A
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ENERGIA FUTURA CONSORCIO ENERGIA FUTURA OCOA NICOLAS ORTIZ PARRADO
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14-08-2020 |
PRIMERO . Fijar como fecha para llevar a cabo la primera audiencia de tramite el día 21 de agosto de 2020 a la hora de las 4:30 pm; con las previsiones que esta audiencia se celebrara de forma virtual, siguiendo los lineamientos del gobierno nacional, así como los establecidos por la Cámara de Comercio de Villavicencio para el manejo de audiencias. SEGUNDO . Se previene a las partes, que su asistencia y la de sus apoderados es obligatoria. Esta decisión se notifica por estado.
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Fecha de Publicación 18/08/2020 .
Demandante(s) | Demandado(s) | Fecha Fijación | Asunto | Soporte |
ANDRÉS LADINO HERRERA
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CONSTRUCTORA ARQUITECTURA INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.A.S
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18 de Agosto de 2019
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Traslado de las Excepciones de mérito presentadas en la contestación de la demanda.
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